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‘El Fusil’ firmó con dos

‘El Fusil’ firmó con dos
Archivo- El Siglo

El púgil panameño Aristides ‘El Fusil’ Quintero tiene la foja de 16-4-1, 13 nocauts.

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martes 1 de julio de 2014 - 12:00 a.m.
Ricardo Archibold Méndez
rarchibold@elsiglo.com.pa

La única manera para verificar la firma del púgil es hacer la prueba de caligrafía

BOXEO

El caso del boxeador panameño Aristides ‘El Fusil’ Quintero sigue generando polémica.

Ayer, este medio tuvo acceso a dos contratos de apoderamiento que firmó el peleador chiricano.

El primer contrato que firmo Quintero fue el 2 de septiembre de 2013, con la empresa Eventos y Promociones del Istmo, propiedad de Espiño, en que aparece la firma del púgil con su cédula de identidad personal (Ver facsímil 1).

Según el documento, Quintero tiene una relación contractual con Espiño hasta 2018.

Sobre este contrato, Quintero ha manifestado que la empresa Eventos y Promociones del Istmo nunca le ofreció un contrato nuevo y tampoco habló con él para ver si lo quería renovar.

Explicó también que el único contrato que se firmó fue el suscrito el 7 de octubre de 2008 y que venció el 7 de octubre de 2013.

El otro nuevo contrato que firmó el chiricano fue el 8 de noviembre de 2013 con el empresario Manuel Pérez Barreiro, que vence en 2018 (Ver facsímil 2).

Según el capítulo quinto del reglamento vigente de la Comisión de Boxeo profesional de Panamá (Comibox), artículo 39, todo contrato celebrado entre un representante y un boxeador deberá ser presentado para su registro, ante la Comisión, siguiéndose para tal efecto, el siguiente trámite:

‘Las partes contratantes deberán ratificar sus firmas en el contrato, ante la Comisión y ante quien legalmente la represente, en un término de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación. La Comisión podrá aceptar, en lugar de la presentación personal, la autenticación de firmas ante un notario público del país’, señala el reglamento.

Además añade que una vez registrado y autorizado el contrato, se entregará una copia a cada una de las partes contratantes, y la otra quedará depositada en el archivo de la Comisión.

Mientras que el artículo 32 de ese capítulo quinto del reglamento de la Comibox también habla cuando un púgil firma con dos apoderados durante el mismo periodo: ‘Los boxeadores que firmen contrato con más de un apoderado que tenga efecto durante el mismo periodo de tiempo o periodo de tiempo superpuesto serán sancionados de acuerdo con lo establecido en el artículo #12 de este reglamento con suspensión temporal, o definitiva en caso de reincidencia. Igual sanción a los apoderados que firman boxeadores de apoderamiento con un boxeador a sabiendas que durante todo o parte del periodo, el boxeador está comprometido con otro apoderado’.



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